Información Decreto 237/2019 de 18 de octubre de 2019 para ayudas a vehículos siniestrados por efecto de la DANA

Dado que nuestro municipio está recogido en el Anexo I del Decreto 237/2019 de 18 de octubre, publicado en el DOGV número 8662 de fecha 23/10/2019, se adjunta un resumen con la información esencial para que los vecinos afectados puedan tramitar las ayudas en caso de necesitarlas.

La ayuda es a personas físicas con residencia habitual en municipios del Anexo I y adquieran un vehículo (nuevo, de segunda mano, leasing o renting) por haber sido los suyos declarados “SINIESTRO TOTAL”, como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento producido por la DANA acaecida en el Mediterráneo entre el 11 y el 14 de septiembre de 2019.

El plazo para presentar la solicitud será desde el 24 de octubre hasta el 15 de diciembre de 2019, inclusive y se tramitará en la oficina de la OMIC de Santa Pola.

Documentación a presentar:

– Documentación acreditativa residencia: Copia del DNI/NIE / Certificado de empadronamiento.

– Informe del Consorcio de Compensación de Seguros, en el que se contenga la declaración de «siniestro total» del automóvil o motocicleta de su propiedad como consecuencia del temporal de lluvia, fenómenos costeros y viento ocurrido en la Comunitat Valenciana los días 11, 12, 13 y 14 de septiembre de 2019.

– Certificado de destrucción del automóvil o motocicleta siniestrado, emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento.

– Justificante de baja definitiva en el Registro de Vehículos la Dirección General de Tráfico del vehículo o motocicleta siniestrado.

– Domiciliación bancaria (Anexo III).

– Para adquisición:

* Primera matriculación:

§ Permiso de circulación emitido por la Dirección General de Tráfico.

§ Tarjeta técnica del vehículo de nueva adquisición.

§ Factura de compraventa (deberá constar la matrícula o número de bastidor, marca, modelo y versión del vehículo adquirido).

§ Justificantes de pago del impuesto de circulación de vehículos de tracción mecánica.

§ Justificante de pago del impuesto de matriculación.

* Vehículos usados:

§ Permiso de circulación emitido por la Dirección General de Tráfico, tras efectuar el cambio de titularidad.

§ Tarjeta técnica del vehículo adquirido.

§ Contrato de compraventa.

§ Justificante de pago por la persona compradora del Impuesto de circulación de vehículos de tracción mecánica.

– Para leasing o renting:

§ Contrato de alquiler con duración mínima de 2 años.

ℹ️ IMPORTANTE

El decreto 237/2019 es una ayuda para sustituir los vehículos que han sido declarados siniestro total con motivo del temporal del 11 al 14 de septiembre, no para la reparación de vehículos dañados.

* Para solicitar la ayuda el vehículo que se adquiera (nueva, segunda mano…) debe ser de fecha de matriculación posterior al 1 de enero de 2014.

Para más información pueden consultar el enlace que detallo a continuación:

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20542

Toda la documentación al igual que los anexos que deben aportar los solicitantes se podrá tramitar en la oficina de la OMIC

Al igual que con la subvención del Decreto 196/2019 , Decreto 202/2019 y Decreto 201/2019, una vez tramitado por el interesado, será el personal de TRAGSA quien se encargará de recoger las solicitudes que se presenten en el municipio.

 

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24 octubre, 2019

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