El consistorio ha apelado la sentencia 908/2018 perteneciente al procedimiento 726/2016 sobre la Clínica de Gran Alacant. En 2015, el Ayuntamiento efectúa la liquidación del contrato con la empresa, y desde entonces se le reclama 109.371,96€  a dicha empresa  concesionaria. A fecha de 31 de julio de 2018, la sentencia 908/2018 dice que la empresa debe pagar solo 13.022,96€ “correspondientes al gasto soportado por el Ayuntamiento por la sustitución mediante personal municipal del trabajador que debía poner a disposición la demandante, en el Consultorio médico de Gran Alacant”, tal y como se cita en la sentencia.

“Consideramos que la empresa demandante debe pagar los 109.371,96€ completos, por eso mismo vamos a apelar la sentencia, para cobrar la deuda”, han explicado desde Alcaldía. De ellos, 89.751,63€ son en concepto del canon de la concesiones, “en este caso, no se iba a pagar el canon porque se iba a realizar un reconocimiento de las bajas por incapacidad transitoria de los funcionarios del Ayuntamiento, pero este reconocimiento y seguimiento no se llevó a cabo en la mayoría de los casos, por eso al liquidar el contrato se les pide que se abonen los importes de los cánones que no habían pagado hasta el momento y que se deberían haber reclamado anualmente”.

Y, por otro lado, 6.597,79€ que también reclama el Ayuntamiento a la empresa “en concepto de unas mejoras de las instalaciones de un edificio municipal que hizo el consistorio, y que la concesionaria debería haber sufragado”, explican desde Alcaldía, “desde el juzgado se dice que solo hay 4 años para reclamar esta deuda, pero no podemos contar a partir de 2007, porque cuando se liquidó el contrato fue en 2015, y el contencioso comienza en 2016, cuando solo había pasado un año”.

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